España se convierte en el cuarto país europeo en despenalizar la eutanasia

Aprueban la eutanasia en España
España es el séptimo país del mundo en aprobar la eutanasia.

Luego de meses de una larga concertación, finalmente el parlamento español resolvió despenalizar la eutanasia a pacientes terminales o con condiciones excepcionales en favor de lo que han llamado ‘una muerte digna y libre de sufrimientos’.

Con más de 200 votos a favor en el Congreso de Diputados, y poco menos de 150 en contra, la ley aprobó la medida de eutanasia, convirtiendo a España en el cuarto país europeo en despenalizarla, después de Bélgica, Luxemburgo y Holanda.

En el mundo, el país español se convertiría en el número siete en permitir la práctica de la eutanasia en su territorio.

Los representantes y afines a la derecha y la extrema derecha política, en conjunto con la iglesia católica, han rechazado categóricamente la medida, considerándola una variante de homicidio que debe ser condenado.

En España, existen algunos casos en los cuales pacientes terminales o con enfermedades irreversibles han sido asistidos clandestinamente por familiares y/o amigos para morir.

Casos como el de Ramón Sampedro, convertido en una película ganadora del Óscar en 2005, y el del marido de la periodista Asun Gómez, les merecieron a amigos y familiares repudios y detenciones por ayudar a su muerte.

Sin embargo, la ley contempla que deben cumplirse condiciones estrictas para que la eutanasia pueda practicarse.

El paciente debe sufrir una enfermedad grave e incurable, crónica o imposibilitante; además, deberá estar completamente consciente para hacer la solicitud por escrito, sin presiones de terceros, y deberá repetir la solicitud quince días más tarde.

El requerimiento deberá ser aprobado por más de un profesional médico, y se someterá al escrutinio de una comisión de evaluación designada para este fin específico.

Siempre que las condiciones no se cumplan en su totalidad, la solicitud de eutanasia podrá ser rechazada.

Además, los médicos y profesionales de la salud que no deseen participar en el procedimiento tendrán derecho a argumentar “objeción de conciencia”.