Empresas deberán citar a sus empleados antes de despedirlos: Corte Constitucional

Se les complicó a las empresas realizar despidos a sus empleados como si nada
Todo empleador tiene derecho a ser escuchado y a saber las razones por las que es despedido.

De acuerdo a un fallo de la Corte Constitucional, las empresas deberán citar a sus empleados para hablar sobre las fallas y, luego sí emitir la carta de despidos en caso tal se requiera.

Esta orden se da por muchos motivos, entre esos porque algunas empresas usaron con excusa la pandemia para retirar personal.

Cada compañía que desee despedir a un empleo deberá conocer las razones de su salida y darle la oportunidad a su empleado de defenderse.

Despidos de empleados como si nada

La Corte Constitucional unificó jurisprudencia sobre el despido de los trabajadores.

Se concretó que antes de cualquier decisión, el empleador tiene el deber de garantizar que el empleado sea oído para proteger sus derechos fundamentales a la honra y el buen nombre.

Esta sentencia se da luego de estudiar el caso de un trabajador de un banco que fue despedido por «haber violado el reglamento interno de la entidad».

Al parecer, el trabajador nunca tuvo la oportunidad de defenderse, ante lo cual la Corte resaltó lo dicho en el Código Sustantivo del Trabajo.

 «Solo autoriza al empleador a terminar el contrato laboral unilateralmente con justa causa, si previamente se ha otorgado al trabajador el derecho a ser oído”. 

Terminación de contratos con justa causa

Si usted termina el contrato con su empresa, previo a la terminación de un contrato de trabajo, el empleador está en la obligación de “rodear al trabajador de un conjunto de garantías, para asegurar el ejercicio de su derecho de defensa”.

Los requisitos para que le finalicen un contrato de manera justa, según la Corte son:

  • No se puede despedir a una persona sobre unos hechos que ocurrieron mucho tiempo atrás, es decir «debe existir una relación temporal de cercanía entre la ocurrencia o conocimiento de los hechos y la decisión de dar por terminado el contrato«. 
  • Debe existir una justa causa; el empleador debe informar oportunamente el despido y sus razones de fondo; y el trabajador debe ser oído.

“Ya sea en una audiencia o en cualquier otra vía idónea de comunicación, con miras a que el trabajador pueda defenderse frente a los supuestos que permitirían su configuración y, dado el caso, si así lo estima pertinente el empleador, retrotraerse de la decisión adoptada”

-Corte Constitucional

Tasa de desempleo

Según cifras del DANE, para el mes de agosto de 2020, la tasa de desempleo del total nacional fue 16,8%.

Lo anterior significó un aumento de 6,0 puntos porcentuales frente al mismo mes del año anterior (10,8%).

El proyecto de economía del cuidado se presenta teniendo en cuenta actividades como:

  • Servicios domésticos.
  • Cuidado de niños y niñas, personas adultas mayores y con discapacidad, entre otras.