febrero 2, 2026, 3:42 pm
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Fallo histórico: Jueza considera a Uribe culpable del delito de soborno a testigo

Juicio Uribe en vivo
Juicio Uribe en vivo. Foto: 28 de julio de 2025.

La jueza Sandra Heredia ha determinado que el delito de soborno en actuación penal, uno de los tres por los que se acusa al expresidente Álvaro Uribe, ha quedado acreditado, o sea, culpable. Este fallo histórico podría llevar a una condena de entre 6 y 12 años de prisión.

En una decisión que marca un hito en la historia judicial de Colombia, la jueza Sandra Heredia ha determinado que existen los elementos para acreditar la materialidad del delito de soborno en actuación penal por parte del expresidente Álvaro Uribe Vélez.

Juicio Uribe en vivo
Juicio Uribe en vivo. Foto: 28 de julio de 2025.

Este pronunciamiento se dio en el marco de la audiencia que define el futuro jurídico del exmandatario, quien se enfrenta a un complejo juicio por tres delitos: soborno, fraude procesal y soborno en actuación penal.

La declaración de la jueza Heredia, emitida desde los juzgados de Paloquemado, supone un avance significativo en el sentido del fallo, anticipando una posible condena que convertiría a Uribe en el primer expresidente de Colombia en ser sentenciado por la justicia penal.

Aunque la jueza aún no ha anunciado formalmente el sentido completo del fallo, su afirmación sobre la acreditación del delito de soborno en actuación penal inclina la balanza hacia un veredicto de culpabilidad en este cargo.

Las claves de la determinación judicial

Según lo expuesto por la jueza Heredia, ha quedado demostrada la existencia de una «auspiciosa actividad» orientada a que el testigo clave, Juan Guillermo Monsalve, rindiera una declaración falsa ante la Corte Suprema de Justicia.

El objetivo de esta maniobra, según la jueza, era que Monsalve se retractara de sus señalamientos contra los hermanos Uribe Vélez.

Adicionalmente, se buscaba que Monsalve argumentara que su testimonio original había sido producto de una manipulación por parte del senador Iván Cepeda Castro, a quien debía acusar de haberle ofrecido beneficios carcelarios y asilos a cambio de su declaración.

La jueza considera que estas presiones, canalizadas presuntamente a través del abogado Diego Cadena, constituyen la base del delito de soborno en actuación penal.

Durante la lectura de su decisión, que se extendió por varias horas, la jueza Heredia no ha validado, hasta el momento, ninguno de los argumentos presentados por la defensa del expresidente, favoreciendo en cambio las posturas de las víctimas acreditadas en el proceso, como el senador Cepeda.

¿Qué sigue ahora en el proceso y qué condena enfrentaría Uribe?

Este veredicto corresponde a una primera instancia, por lo que la defensa del expresidente, encabezada por los abogados Jaime Granados y Jaime Lombana, podrá apelar la decisión de manera inmediata.

De presentarse la apelación, el caso será remitido al Tribunal Superior de Bogotá, que tendrá la responsabilidad de decidir en segunda instancia si confirma o revoca el fallo.

El delito de soborno en actuación penal, según lo estipulado en el artículo 444 del Código Penal colombiano, contempla una pena de prisión que oscila entre los 6 y 12 años, además de una multa económica.

Dado que la pena mínima es de 6 años, esta no sería excarcelable, pues la ley solo permite este beneficio para condenas de 4 años o menos. No obstante, es crucial entender que la ejecución de cualquier pena quedaría suspendida hasta que el Tribunal Superior de Bogotá emita su pronunciamiento definitivo.