
Abelardo de la Espriella alcanza el 50.3% en la segunda vuelta presidencial de Colombia 2026 frente a Iván Cepeda, quien obtiene el 42.6%, según la encuesta AtlasIntel por revista Semana publicada el martes 2 de junio de 2026, recolectada entre el 1 y 2 de junio mediante la metodología Atlas Random Digital Recruitment (RDR).
Los datos de intención de voto en segunda vuelta muestran una brecha de 7,7 puntos porcentuales entre los dos candidatos, una distancia que se ha ido ampliando desde enero de 2026, cuando De la Espriella arrancó con 44.2% frente a un 34.9% de Cepeda, según la serie temporal incluida en el mismo informe.

Resultados encuesta AtlasIntel segunda vuelta presidencial
El desempeño territorial es uno de los factores más reveladores de esta encuesta. De la Espriella domina ampliamente en la región Caribe con 68.6%, en la Central con 57.6% y en Amazonía y Orinoquía con 51.9%, mientras que Cepeda concentra su mayor fortaleza en Bogotá D.C. con 56.4% y en la región Pacífica con 52.4%, lo que dibuja un mapa electoral marcado por diferencias regionales y de perfil socioeconómico.
El cruce demográfico evidencia otra división importante: Cepeda lidera entre los votantes de 18 a 24 años con 60.1%, mientras que De la Espriella domina en los rangos de 35 a 44 años con 61.3% y de 45 a 59 con 60.8%, lo que sugiere una fractura generacional que ninguno de los dos candidatos ha resuelto del todo.
El rechazo comparativo es otro número que pesa en esta carrera. Según el mismo sondeo, el 56.6% de los encuestados rechaza más a Iván Cepeda como posible presidente de Colombia, frente a un 40.3% que rechaza más a De la Espriella, una diferencia de más de 16 puntos que condiciona directamente la transferencia de votos de primera vuelta.
El contexto del gobierno Petro no opera en favor del candidato de izquierda, la encuesta Atlas-Semana registra que el 53.2% de los colombianos desaprueba la gestión del presidente Gustavo Petro, frente a un 42.7% que la aprueba, y esa desaprobación se traduce casi directamente en votos para De la Espriella: el 99.5% de quienes rechazaron al gobierno en primera vuelta apoya ahora al candidato de derecha.
En materia de áreas de gobierno, De la Espriella lidera la confianza en criminalidad y narcotráfico con 57% frente al 39% de Cepeda, en relaciones internacionales con 56% frente al 38%, y en impuestos y carga tributaria con 54% frente al 39%, de acuerdo con los datos del informe.

La única área donde Cepeda supera a su rival es en medio ambiente, donde obtiene 48% frente al 44% de De la Espriella, con una ventaja de 4 puntos porcentuales.
El trasvase de votos es prácticamente unidireccional entre quienes respaldaron a otros candidatos. De los votantes de Paloma Valencia en primera vuelta, el 76.4% migra ahora a De la Espriella, mientras que el 24.2% de los que votaron por Sergio Fajardo se inclina por Cepeda, sin que ninguno de los dos candidatos haya logrado romper significativamente hacia el electorado del otro bloque.
El voto en blanco se mantiene en 3.7%, los indecisos o «no sé» en 2.9%, y el voto nulo o la abstención declarada en apenas 0.5%, lo que indica un escenario de alta participación intencional, con una base de votantes ya decididos que supera el 93% de la muestra encuestada.
Encuestadora: AtlasIntel S.A.S., Publicaciones Semana como financiador. Muestra: 2.030 personas. Metodología: Atlas Random Digital Recruitment (RDR). Período de recolección: 1 y 2 de junio de 2026. Margen de error: ±2 p.p. Nivel de confianza: 95%. Universo: electorado colombiano, todas las regiones del artículo 45 de la ley 2056 de 2020. Responsables estadísticos: Andrei Cristian Roman, Thiago Barros Rodrigues Costa, Felipe Lamarca, Andrei Camilo Santos.
La encuesta fue realizada por AtlasIntel S.A.S. para Publicaciones Semana, encargada por esta última y ejecutada bajo la dirección estadística de Andrei Cristian Roman, Thiago Barros Rodrigues Costa, Felipe Lamarca y Andrei Camilo Santos, con cobertura en todas las regiones referidas en el artículo 45 de la ley 2056 de 2020, cumpliendo los requisitos del artículo 4 de la ley 2494 de 2025.



