Los desinfectantes no pueden promocionarse como «amigables con la piel»

El logo de la cadena de farmacias 'dm'. Fuente: AP
El logo de la cadena de farmacias 'dm'. Fuente: AP.

El máximo tribunal de la Unión Europea dictaminó el jueves que los productos desinfectantes no pueden anunciarse como «amigables para la piel«, en un fallo que refuerza la regulación sobre productos biocidas en el mercado.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió su sentencia en respuesta a una consulta de un tribunal federal alemán. El caso se centraba en una cadena de farmacias que comercializaba un desinfectante para manos, piel y superficies con la etiqueta «amigable para la piel».

¿Desinfectantes, amigables con la piel?

La Asociación Alemana para la Protección contra la Competencia Desleal argumentó que la cadena dm no cumplió con la normativa de la UE sobre productos biocidas.

Según la normativa europea, está prohibido promocionar productos biocidas utilizando términos como «biocidas de bajo riesgo», «no tóxicos», «inofensivos», «naturales», «respetuosos con el medio ambiente» o «respetuosos con los animales». El tribunal de la UE extendió esta prohibición a términos similares, incluyendo «amigable para la piel».

El TJUE argumentó que el término «amigable para la piel» tiene connotaciones positivas que pueden sugerir la ausencia de cualquier riesgo y, además, implicar que el producto es beneficioso para la piel.

«Semejante indicación es de naturaleza engañosa, lo que justifica la prohibición de su uso en la publicidad del biocida en cuestión«, afirmó el tribunal en un comunicado.

Este fallo subraya la importancia de una regulación estricta en la publicidad de productos biocidas para proteger a los consumidores de afirmaciones potencialmente engañosas.

Los desinfectantes, aunque esenciales para la higiene y la prevención de enfermedades, contienen sustancias químicas que pueden causar irritación o reacciones alérgicas en algunas personas.

La decisión del TJUE garantiza que los consumidores reciban información precisa sobre los riesgos potenciales asociados con el uso de estos productos.

El fallo del TJUE no solo afecta a la cadena de farmacias dm, sino que también sienta un precedente para la publicidad de productos biocidas en toda la Unión Europea.

Las empresas deberán revisar y ajustar sus estrategias de marketing para cumplir con esta normativa y evitar sanciones legales.

El logo de la cadena de farmacias 'dm'. Fuente: AP
El logo de la cadena de farmacias ‘dm’. Fuente: AP.

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