Según está establecido como término legal, se dispuso un plazo de 90 días para definir el proceso contra Álvaro Uribe, por soborno y fraude procesal, que fue trasladado a la Fiscalía General de la Nación.
Los 90 días comenzaron a correr desde el 6 de noviembre del pasado 2020 en que fue confirmada la imputación de cargos por parte de la Corte Suprema de Justicia, y la libertad de Uribe por parte del Juez Cuarto penal del circuito de conocimiento de Bogotá.
Tras la renuncia del expresidente Álvaro Uribe al Congreso de la República, el proceso judicial en su contra por soborno en actuación penal y fraude procesal conducido por la Corte Suprema de Justicia pasó a manos de la Fiscalía General de la Nación.
Al no ser aforado, la Corte habría declarado la remisión a la Fiscalía por pérdida de competencias.
El Alto Tribunal dictó medida de aseguramiento con prisión domiciliaria contra el excongresista para evitar una posible obstrucción a la justicia.
Sin embargo, ante el cambio de sistema, fue solicitado también un cambio de procedimiento, al considerarse que, el proceso debía llevarse bajo la Ley 906 de 2004 y no bajo la Ley 600 del año 2000.
La defensa de Uribe y la Fiscalía consideran que el proceso debe regirse exclusivamente bajo esta ley del sistema penal acusatorio.
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No obstante, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito fue enfático en decir que, pese a que el proceso debe continuar en la libertad de Álvaro Uribe, por lo que se revoca la medida de aseguramiento dictada por la Corte, ya se encuentra vinculado al proceso penal.
Es decir, según el procedimiento realizado por la Alta Corte, que cumplió a cabalidad con todos los términos que dicta la Ley, Uribe ya habría sido imputado de los cargos en su contra y las pruebas en manos de la Corte serían igualmente válidas.
Los procedimientos de la Corte Suprema y la Fiscalía no son incompatibles.
De acuerdo a esto, al fiscal Gabriel Jaimes solo le quedan 15 días calendario para definir el proceso que se adelanta contra el expresidente.
Si bien, el fiscal puede presentar documento acusatorio antes del 4 de febrero de 2021 o solicitar la preclusión del proceso, en favor de Uribe.
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