¿Alejandro Ordóñez desfalcó al Estado por multa de la Corte Interamericana?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, dictó sentencia hace unos días por el caso de Gustavo Petro; en donde declaró la responsabilidad internacional del Estado colombiano, por la violación al derecho contenido, en el artículo 23 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

La corte encontró que los derechos políticos de Petro se vieron afectados, debido a la sanción disciplinaria de destitución como Alcalde Mayor de Bogotá; además, de la inhabilitación por el término de 15 años para ocupar cargos públicos, que le fue impuesta por la Procuraduría General de la República.

El Alto Tribunal le pidió al país que modifique la legislación interna. La intención es impedir que la Procuraduría y Contraloría puedan retirar a un funcionario elegido popularmente.

El documento también señala que «por lo tanto, el Estado debe propiciar las condiciones y mecanismos para que dichos derechos puedan ser ejercidos de forma efectiva, respetando el principio de igualdad y no discriminación».

A su vez, consideró que en el proceso disciplinario en contra de Petro se violó el principio de imparcialidad, ya que la misma autoridad, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría, emitió el pliego de peticiones, pero también profirió la sanción.

https://twitter.com/CorteIDH/status/1295835475123593216

¿Por qué Alegrandro Ordoñez tomó esa decisión?

Alejandro Ordoñez aplicó la sanción al exalcalde Petro, debido a supuestas irregularidades que se presentaron en el cambio de operador para la recolección de basura, pues el esquema por decreto era ilegal e inconstitucional, además supuestamente atentaba contra la libre competencia.

En su momento la Contraloría Distrital le impuso una multa por 90.000 millones de pesos. Así mismo, se le impuso otra multa por 40.000 millones de pesos, por los camiones de basura que no se usaron.

¿Quién pagará las Indemnizaciones Compensatorias ordenadas por la Corte?

Las sumas monetarias fijadas en la sentencia son por: los conceptos relativos al daño inmaterial; y, por otro lado, por el reintegro de gastos y costos. Así, se dispuso que fueran 10 mil y 18 mil dólares, respectivamente, monto que deberá asumir la Nación.

Esto significa que los ciudadanos deberán pagar la gran equivocación de Ordoñez, pues es el responsable directo de esta violación a los derechos políticos y de participación.

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La corte también decidió que otra medida de reparación es publicar el resumen oficial de la sentencia una sola vez en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional, y publicar la sentencia en su integridad en el sitio web oficial de la Procuraduría General de la Nación.