No hay subsidios de servicios públicos por culpa de dos ministros y la ignorancia del gobierno

El decreto legislativo 580 de 2020 que buscaba subsidiar los servicios públicos de los colombianos tales como acueducto, aseo y alcantarillado, especialmente de los estratos 1,2 y 3 fue tumbado por la Corte Constitucional debido a que el Ministro de Salud y la Ministra de Ciencia no firmaron dicho decreto.

“En concreto, tal y como lo señaló la Secretaria Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en el mencionado decreto no se registran las firmas del ministro de Salud y Protección Social Fernando Ruíz Gómez (página 11), ni de la ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación Mabel Gisela Torres Torres (página 13), sin que, por lo demás, al proceso se haya allegado algún tipo de justificación que permita explicar su ausencia, incapacidad o impedimento para conocer o suscribir el entonces Proyecto de Decreto Legislativo”: Corte Constitucional

El gobierno nacional sabiendo que faltaban estas dos firmas, envió el decreto sin ningún soporte.

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Decreto 580: Un alivio para los hogares colombianos

El decreto indicaba un gran alivio para los hogares colombianos, pues hasta en un 80% se podría haber reducido el pago de estos servicios públicos.

El artículo 1 del decreto 580 indicaba:Subsidios para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. Hasta el 31 de diciembre de 2020, los municipios y distritos podrán asignar a favor de los suscriptores residenciales de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, subsidios máximos del ochenta por ciento (80%) del costo del suministro para el estrato 1; cincuenta por ciento (50%) para el estrato 2; y cuarenta por ciento (40%) para el estrato 3, en la medida en que cuenten con recursos para dicho propósito”.

A pesar que la Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional extender el decreto hasta el 31 de diciembre, la Corte se excusó en los principios de la democracia. La Constitución ordena que las normas creadas en virtud de un estado de emergencia deben contar con las firmas de todos los ministros, esta norma, concluyó la corporación judicial, es inconstitucional.