Las nuevas restricciones para las actividades de turismo en Colombia deben ir ligadas a un mantenimiento y desinfección constante de los sitios turísticos para evitar la propagación del COVID-19, entre esas, el tapabocas para todo.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo está comprometido con el sector turístico y recuerda que la única forma para que todo funcione, es ser responsables y disciplinados, ahora que todo vuelva a la normalidad.
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Restricciones
Se debe garantizar, durante los paseos, el distanciamiento social, los procedimientos de auto-cuidado, uso del tapabocas y lavado de manos.
Los hoteles, hostales, centros vacacionales, entre otros, deben tener en cuenta la aglomeración y los niveles de ocupación.
Por consiguiente, el sector hotelero debe ejercer un plan pedagogo para aclarar a sus huéspedes las medidas con las que se podrán quedar en el recinto.
¿Qué se puede hacer?
En relación con las piscinas, se está trabajando sobre la cantidad de personas que puedan ingresar, quizá sea por familias.
También se pueden realizar excursiones, viajes familiares, ir a playa (con distanciamiento individual voluntario), parques naturales, parques de diversiones y realizar pilotos de ferias empresariales.
Vale recordar que todo depende de la disciplina que cada viajero demuestre, de eso dependerá que las actividades turísticas sigan.
Lo que no se puede hacer
No hay ferias y no se permiten eventos sociales, públicos o privados que impliquen aglomeraciones.
Las plazoletas de comida y restaurantes solo podrán abrirse en municipios sin afectación, los otros se abren con decisión del alcalde.
Por lo pronto y según el Decreto 1168 de 2020, las únicas actividades restringidas son:
- Bares.
- Discotecas.
- Eventos.
- Consumo de alcohol en espacios públicos o en establecimientos de comercio.
«Sin embargo, cualquier municipio puede solicitar pilotos de consumo de alcohol en bares y restaurantes y de ferias empresariales ante el Ministerio del Interior, y este pedirá concepto del Ministerio de Salud para la correspondiente aprobación»
-Decreto