Julián Andrés Hoyos Isaza solicitó el registro de Matarife en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para obtener los derechos de publicidad, comercialización y reproducción que se hagan con esta marca.
En contra de los deseos de Hoyos se presentó Camilo Javier Gómez Riveros, quien a través de su abogado proponía que la marca no se podía registrar ya que esta palabra se veía cobijada por varios artículos.
Los opositores se ampararon en causales de irregistrabilidad presentes en decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina y la Convención Interamericana de Washington.
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Agregan que la expresión Matarife, no está siendo utilizada de una forma natural ya que posee una tipografía y una representación en colores particular. Y la producción “Matarife: un genocida innombrable”, no se utiliza como una marca con fines de lucro.
En cambio, la palabra Matarife se utiliza para referirse en específico a una persona, y la norma que utilizaron de respaldo los opositores cobija tanto nombres como sistemas para proteger la identidad.
Posteriormente, la Superintendencia a través de sus investigaciones llegó a una conclusión favorable para solicitante del registro.
La SIC señaló que la definición oficial de la palabra Matarife es la de ser el encargado de cortar y distribuir reses, por lo que no podría ser considerada directamente como una palabra referente al expresidente Álvaro Uribe.
Añadió que un artículo de Wikipedia y una entrevista no es suficiente material para establecer que en efecto “Matarife” es una expresión con la que se conozca al expresidente.
Es así como la Superintendencia falló a favor del solicitante y estableció que la oposición no tenía un fundamento suficientemente sólido.
Finalmente, teniendo en cuenta que la marca no afecta ni la moral, ni los principios, ni el orden de la sociedad, se le concedió el registro a Julián Andrés Hoyos Isaza.
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