El senador Jorge Robledo habría interpuesto un derecho de petición en que solicitaba que se den las claridades correspondientes al plan de vacunación que se implementará en el país, y se brinde información sobre los contratos que ha firmado el gobierno nacional con las farmacéuticas para el acceso a las vacunas.
También propuso que se citara al Ministro de Salud, Fernando Ruiz, a un debate de control político que permitiera esclarecer la gestión del gobierno respecto a la adquisición del antídoto.
Pese a que Colombia hace parte del acuerdo COVAX, también adelantó conversaciones bilaterales con distintas empresas farmacéuticas para la consecución del antídoto.
Según declaró el presidente de la República, Iván Duque, los ensayos de vacunación en el país iniciarían durante las próximas semanas, y la vacunación masiva tendría lugar a partir del mes de febrero de 2021.
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Sin embargo, el senador Robledo manifestó que es importante que el proceso se haga de cara al país, resaltando la necesidad de que se tenga la certeza de que los colombianos accederán a tiempo a la vacuna y que se defina toda la información importante.
Esto es, “eficacia de la vacuna, cuánto previene, cuántas veces hay que vacunarse, qué pasa con el manejo del frío, a quiénes van a vacunar de primeros, todo eso hay que mirarlo” según expresó el senador.
La juez laboral 26 de Bogotá, la doctora Olga Lucia Pérez, le ordenó al ministro de salud, doctor FERNANDO RUIZ, responderme el derecho de petición que se negó a responder.
— Jorge Enrique Robledo (@JERobledo) January 25, 2021
Muy bien que la Justicia rechace las actitudes despóticas de los servidores públicos. pic.twitter.com/SNDJG4uD7S
Por lo que interpuso un derecho de petición que no habría sido respondido por el Ministerio de Salud, tras argumentarse que las farmacéuticas habrían exigido confidencialidad, sin lo cual, los contratos podrían romperse.
Ante esto, la jueza 26 laboral del Circuito de Bogotá resolvió fallar a favor del senador Robledo y ordenar a la Nación, al Ministerio de Salud y Protección Social, emitir respuesta clara, precisa, congruente y consecuente al accionante en los 3 días siguientes a la notificación del fallo.
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